lunes, 9 de julio de 2007

¿Eres realmente un pirata?

1.¿Bajas música o Películas de Internet?
Según la Ley de Propiedad Intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.(SGAE)

Pagina Oficial de la SGAE
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

2.Cuando bajas esta música o Películas, ¿la grabas en varios CDRs, sales a la calle y la vendes?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

3.Si bajas música o peliculas ¿sueles regalar esa música o peliculas a un amigo/a?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

4.Si bajas música o Películas, ¿la usas para escucharla tú sólo en tu entorno privado?
Al utilizarla en privado no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

5.Si bajas música o Películas ¿la programas en una radio comercial?
Al no obtener beneficio económico directo no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

6.Si bajas música, ¿tienes a varios manteros a tu servicio vendiendo las copias de esta música por todas las calles de España o sólo de tu ciudad?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

7.Si eres dueño de una gran cadena mediática, bajas música de internet y al programarla en tu televisión o películas que produces ¿pagas derechos de autor?
Al no difundirla o hacerlo pagando los correspondientes derechos de autor no existe delito alguno.

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

8.¿Cuántos títulos aproximadamente tiene tu colección de música?
Según la Ley de Propiedad Intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Portanto usted tenga los titulos que tenga , no esta infringiendo la ley de la propiedad intelecutal siempre que el uso de este material sea privado.

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

9.Alquilas películas en el videoclub y luego ¿realizas una copia de la película?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

10.¿Navega usted por el mar caribe (u otros) con un barco abordando otras naves, saqueandolas, pasando a la tripulación por el cuchillo y robando todas sus riquezas ?

Al no abordar naves usted no esta cometiendo ningún delito.


Que no te cuenten cuentos, tu no eres un pirata.




Via: http://www.nosoypirata.com

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